ABSUELVEN A un conductor cazado a 260 km/h porque su "conducta temeraria" no supuso un "peligro concreto" para ninguna persona. Supongo que será apelada la sentencia y llegará al Supremo. Y si el Supremo ratifica la sentencia, creando jurisprudencia, me parece una noticia estupenda para quienes abogamos por el derecho a la autodefensa. Porque podría aplicarse la misma lógica y considerar que el mero hecho de tener o llevar encima un arma no es delito, porque en sí mismo no supone un peligro concreto para ninguna persona. Y como obviamente tampoco lo sería un uso defensivo, por la eximente de la legítima defensa, sólo sería punible el uso agresivo .
Es decir, como tiene que ser.
Es decir, como tiene que ser.
<< Home